¿QUE ES EL MATRIMONIO?
Viendo a la familia como núcleo fundamental de la sociedad y aun teniendo en cuenta que puede haber diversas formas de constituir una familia, es importante conocer sobre el concepto del matrimonio.
El artículo 113 del código civil define el matrimonio como “un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente”. Al tiempo que el artículo 115 del mismo ordenamiento dispone que aquel “que constituye y perfecciona por el libre y mutuo consentimiento de los contrayentes, expresado ante el funcionario competente, en la forma y con las solemnidades y requisitos establecidos en este código. (C-577 de 2011)
El matrimonio se caracteriza por ser bilateral y una vez celebrado se generan una serie de derechos y obligaciones entre los esposos, para su validez se requiere el cumplimiento de algunas formalidades y legalización ante la ley. Algunos efectos del matrimonio a nivel personal son, la cohabitación que es la intención de vivir juntos Art 178 cc) el socorro y ayuda mutua (Art 176 y 179 CC) y obligaciones que surgen entre conyugues y en relación con los hijos (Art. 42 CC) y patrimoniales sociedad conyugal art 180 cc) seguridad social (decreto 1703 de 202, decreto 806 de 1998) y derechos herenciales (Art 1046 y 1230 CC).
En Colombia se puede contraer matrimonio a partir de los 14 años con la autorización de los padres, ya sea ante un notario, juez civil o la iglesia (matrimonio canónico). Y algunas de las causas para acabar el matrimonio incluidas en el artículo 152. <causales y efectos de la disolución>. <Artículo modificado por el artículo 5o. de la Ley 25 de 1992, incluyen, embriaguez habitual de uno de los conyugues, enfermedad o anormalidad grave que ponga en peligro la salud mental o física del otro, infidelidad, consentimiento de ambos conyugues entre otras.
Es importante tener en cuenta que el matrimonio es una decisión que toman dos personas que desean pasar sus vidas juntas, sin embargo hay otras implicaciones que se deben considerar al ser un hecho mediado por la ley, la familia que se constituye adquiere no solo obligaciones en la convivencia, sino con la sociedad y el estado que puede acarrear sanciones públicas y económicas de no ser cumplidas.