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LA FAMILIA EN COLOMBIA

En Colombia, con la constitución del año 1991 la familia comienza a ser considerada la institución básica de la sociedad[1], brindándole especial protección.

De la familia como institución jurídica se desprenden diversos derechos y obligaciones para las personas que la integran los cuales serán el tema de este artículo, para poder abordar este tema primero debemos analizar el concepto de familia.

¿Qué se entiende por familia?

Según la Real Academia Española familia es: 1. Grupo de personas emparentadas entre sí que viven juntas; 2. Conjunto de ascendientes, descendientes, colaterales y afines de un linaje; 3. Hijos o descendencia.

Debemos entender la familia desde su origen, es decir, desde su conformación, según la Corte Constitucional la familia es aquella que se conforma por el matrimonio[2], la unión marital de hecho[3], la filiación[4] y el parentesco[5]. Teniendo en cuenta que en Colombia el matrimonio entre parejas del mismo sexo es permitido, por decisión de la Corte Constitucional, estas también pueden conformar familia.

¿Qué obligaciones surgen de la familia?

Con respecto a la familia debemos entender que surgen distintas obligaciones teniendo en cuenta los miembros de esta, dichas obligaciones las dividiremos en dos grupos:

  1. Derechos y deberes entre la pareja.

  2. Derechos y deberes entre la pareja y los hijos.

Derechos y deberes entre la pareja

Los derechos y deberes entre la pareja los encontramos consagrados en los artículos 147 y siguientes del Código Civil, entre ellos destacamos los siguientes:

  • Guardarse fe. Debemos entender por esto la fidelidad, la pareja está en la obligación de ser fiel, el incumplimiento de esta obligación es causal de divorcio.

  • Socorrerse y ayudarse mutuamente. Por socorro y ayuda mutua no debemos entender únicamente el aspecto económico, es una ayuda que también pasa al aspecto emocional, la pareja debe ser un apoyo mutuo.

  • Dirección conjunta del hogar. La pareja tiene la dirección conjunta del hogar, entre ambos deben tomar las decisiones en lo referente al direccionamiento del hogar común.

  • Cohabitar. La pareja tiene la obligación de vivir juntos.

Derechos y deberes entre la pareja y los hijos

Respecto a los derechos y deberes entre la pareja y los hijos debemos hacer referencia a dos conceptos 1. Autoridad paterna, y 2. Patria potestad.

La autoridad paterna son un conjunto de derechos y deberes que tienen los padres con respecto a los hijos y estos con respecto a aquellos. En estos deberes y derechos encontramos:

  • Respeto y obediencia.

  • Cuidado y apoyo en cualquier circunstancia de la vida.

  • Custodia y cuidado personal del hijo menor de edad.

  • Crianza y educación del hijo.

  • Deber de vigilar, corregir y sancionar a los hijos menores de edad.

La patria potestad son una serie de facultades que la ley le otorga a los padres del hijo menor de edad, estas facultades son:

  • Representación legal del hijo menor de edad la cual es ejercida por ambos padres o por alguno de ellos.

  • Administración de los bienes del hijo.

  • Usufructo legal de los bienes del hijo, es decir, los padres pueden usar y gozar los bienes del hijo menor de edad.

tomado de: https://estaticos.elperiodico.com/resources/jpg/6/2/1507908873626.jpg

Realizado por:

Comité Jurídico JAL Comuna 12

[1] Constitución Política de Colombia Artículo 5 “El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.”, y Artículo 42 “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.”

[2] Según el Artículo 113 del Código Civil “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente.” En lo que respecta a este artículo, la Corte Constitucional ha hecho extensiva su aplicación a parejas del mismo sexo y ha interpretado a la luz del Artículo 42 de la Constitución Política que procrear no es un fin del matrimonio sino una decisión común de los cónyuges.

[3] Como su nombre lo indica, es un hecho en el cual una pareja del mismo o distinto sexo, que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y singular. Concordante con la definición dada por el Artículo 1 de la Ley 54 de 1990.

[4] La filiación es la relación que existe entre padre o madre hijo o hija proporcionando una identidad a toda persona, implicando derechos y obligaciones entre estos.

[5] En Colombia el parentesco puede ser por afinidad (Artículo 47 del Código Civil “Afinidad legítima es la que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos legítimos de su marido o mujer.”) o por consanguinidad (Artículo 35 “Parentesco de consanguinidad es la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mismo tronco o raíz, o que están unidas por los vínculos de la sangre.”)

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