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DOSIS MÍNIMA Y CÓDIGO DE POLICÍA

Caracol Radio

En el Artículo 140 del código de policía, está incluido el controversial punto de la dosis mínima, pues consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en el espacio público, ahora constituye una conducta de sanción.

Con el decreto que firmado por el presidente Iván Duque, las personas que lleven consigo la dosis mínima y sean sorprendidas por las autoridades, podrán ser multadas por $208.000, sin dejar de mencionar que Por el consumo de bebidas alcohólicas en sitios públicos, el infractor debe pagar $196.725.

Frente a estas medidas hay opiniones divididas ya que algunos ciudadanos afirman que al prohibir el consumo y el porte de sustancias limita el desarrollo de la libre personalidad de las personas, además que aumenta el valor de las dosis lo que beneficia a quienes la venden. Por otra parte el fin de la medida es minimizar el consumo y la drogadicción.

Según la W radio “De acuerdo al más reciente reporte de la dirección de seguridad ciudadana de la Policía Nacional, 48.895 colombianos han sido sancionados por cuenta de la prohibición para portar o consumir drogas ilícitas en el espacio público y de 56.3 kilos de drogas que han sido incau

tadas de los bolsillos de los sancionados, 52 son de marihuana.

El Heraldo

5.201 colombianos han sido capturados durante estos procedimientos por exceder la cantidad establecida como dosis mínima. Y 688 menores de edad han sido castigados con comparendos”.

Según estos indicadores también logro establecerse que Medellín es una de las ciudades con mayor porcentaje de sanciones, aquí pues, las recomendaciones para los padres de familia de los menores quienes según el artículo tendrían que explicar ante las autoridades los actos de los menores, son prestar mayor atención a la conducta de los menores de edad.

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